¿Cuál es la duración del cargo de Presidente?

Jueves, 11 de septiembre de 2008 por efe

Salvo que los Estatutos dispongan lo contrario, el cargo de Presidente tiene una duración de un año.

En el caso de que el Presidente demorara la convocatoria de la Junta para la elección del nuevo cargo, el resto de propietarios podrán instar la celebración de la misma, siempre y cuando representen al menos una cuarta parte de aquéllos o representen al menos el 25% de las cuotas de participación.

No se imposibilita legalmente para que la Junta de Propietarios vaya renovando en el cargo de Presidente al mismo propietario en sucesivas juntas.

El presidente puede ser removido de su cargo antes de los indicados plazos, siempre y cuando se adopte por la mayoría de propietarios en Junta debidamente convocada, con las mismas mayorías exigibles para su nombramiento.